Lla pandemia provocada por el COVID19 ha impuesto alternativas a la tratamitación presencial frente a la Administración de la Seguridad Social o el Servicio Público de Empleo Estatal.
La DF 5ª.4 Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, modifica el apartado 1 e incorporan los apartados 4, 5 y 6 al art. 129 LGSS:
- La Administración de la Seguridad Social y del Servicio Público de Empleo Estatal facilitará a los interesados la presentación de documentos o la realización de cualquier servicio o trámite a través de los medios electrónicos o a través de otros medios que garanticen la verificación de la identidad del interesado y la expresión de su voluntad y consentimiento, en los términos y condiciones que se establezcan mediante resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones
- Las resoluciones de la TGSS y SEPE establecerán métodos seguros de identificación de la persona física a través del canal telefónico o de voz, la videollamada o videoidentificación o el contraste de datos, u otros que así se establezcan, todos ellos equivalentes a la fiabilidad de la presencia física. Esos métodos garantizarán, además, la gestión de la evidencia de la identificación realizada.
- Se considerará válida, la firma insertada en los documentos a que se refiere el art. 11.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en documento adjunto a los mismos, siempre que se acompañe copia del Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente y se efectúe la correspondiente comprobación favorable a través del Servicio de Verificación de Datos de Identidad y Residencia (SVDIR)
- Se podrán establecer sistemas de firma electrónica no criptográfica en sus relaciones con los interesados, respecto a los procedimientos y trámites que se determinen.
- Las aplicaciones informáticas en las que se utilice un sistema de firma electrónica no criptográfica requerirán de forma expresa el consentimiento y la voluntad de firma del interesado, y deberán garantizar el no repudio, la trazabilidad del caso, la gestión de la evidencia de autenticación y el sellado de la información presentada.